viernes, 8 de junio de 2012

El Dolo

El dolo es cuando se produce un resultado típicamente antijurídico, con conciencia de que se quebranta el deber, con conocimiento de las circunstancias de hecho y del curso esencial de la relación de causalidad existente entre la manifestación humana y el cambio en el mundo exterior, con voluntad de realizar la acción y con representación del resultado que se quiere o ratifica.

Una definición más simple nos dice que el dolo existe cuando se produce un resultado típicamente antijurídico, con conciencia de que se que se quebranta el deber.

La acción

La palabra acto, en su acepción más amplia comprende el aspecto positivo de la acción y negativo de la omisión, de ahí que acto es la manifestación de voluntad que, mediante acción, produce un cambio en el mundo exterior, o que por no hacer lo que se espera deja sin mudanza ese mundo externo cuya modificación se aguarda.

LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO PENAL

1.1         Las presunciones.

Son los medios de prueba indirecta que suponen una probabilidad.

Según su origen las presunciones se dividen en legales y de hecho, las legales constituyen verdaderas dispensas de pruebas en provecho de quien han sido establecidas, las de hecho, también denominadas indicios, son verdaderos modos de prueba y resultan de los hechos mismos.

Rol De la Junta Central Electoral

 ORGANOS ELECTORALES. La organización, vigilancia y realización de los procesos electorales, en las formas establecidas en la presente ley estará a cargo de los siguientes órganos:

1.- La Junta Central Electoral.
2.- Las Juntas Electorales.
3.- Los Colegios Electorales.